Aprende cómo optimizar los beneficios fiscales para tus empleados.
Preparar la declaración de renta puede ser un quebradero de cabeza para muchos trabajadores porque el pago anual puede afectar su disponibilidad del efectivo. Hice una pequeña pero interesante lista, con los puntos más sobresalientes y beneficios tributarios, para que puedas compartir con tus colaboradores.
Conocer estos beneficios no solo aliviará la carga tributaria de tus empleados, sino que también te brindará herramientas e ideas para gestionar el talento de tu empresa y ofrecerles mejores beneficios laborales.
¿Qué es un beneficio tributario en Colombia?
Imagínate los beneficios tributarios como pequeños regalos fiscales que hacen que tus empleados sonrían al pagar impuestos. Son exenciones, deducciones y tratamientos tributarios especiales que hacen que el proceso tributario sea un poco más llevadero y por lo tanto, reducen el monto de impuestos que se paga anualmente.
¿Cuáles son los tipos de beneficios tributarios?
En Colombia tenemos tres tipos de beneficios tributarios: rentas exentas de trabajo, deducciones para empleados e ingresos no constitutivos de renta. Te entiendo, suena complicado. Déjame explicarlo de un modo más sencillo:
Rentas exentas de trabajo: según el artículo 206 del Estatuto Tributario, son diez. Estas incluyen las indemnizaciones por accidente de trabajo, enfermedad o maternidad; gastos de entierro del trabajador; auxilio de cesantía y sus intereses; pensiones por jubilación, vejez, invalidez, sobrevivientes y riesgos profesionales (hasta 1997) y el 25% del valor total de los pagos laborales, pero sólo hasta los 240 UVT mensuales.
Deducciones para empleados: estas incluyen intereses sobre préstamos para vivienda, préstamos educativos, pagos por contratos de servicios médicos prepagados, aportes voluntarios a fondos de pensiones, aportes a cuentas de ahorro para la construcción, y una deducción mensual del 10% de ingresos brutos por dependientes, limitada a 32 UVT mensuales. Sí, to también ya me he cansado de leerlos, pero son muy importantes tenerlos en cuenta como también el tope que tiene cada uno de éstos ítems, ya sea anual o mensual.
Ingresos no constitutivos de renta: son más de 15 ingresos los que no constituyen renta según el Estatuto Tributario. Tres de ellos directamente relacionados con el vínculo laboral incluyen aportes obligatorios al Sistema General de Seguridad Social en Salud, aportes a pensiones y pagos del empleador por alimentación, tanto a sus trabajadores como a sus familias. Este último, a menudo pasado por alto, puede representar un ahorro significativo para tus colaboradores. ¿Qué dices? Ahh, sí. Las arepitas y el ajiaco están incluídas.
Pero, ¡alto ahí! No te emociones demasiado. La suma total de deducciones y rentas exentas no puede ser más del 40% de la renta líquida. Es como ponerle un límite al entusiasmo tributario para mantener todo en equilibrio.
Interrumpimos la transmisión para dejarte un PRO TIP:
Desde Atlas puedes gestionar no sólo la contabilidad de tus empleados, sino también darles beneficios de tickets alimentarios o despensa y otras opciones.
Continuamos con nuestra transmisión habitual
¿Cómo puedo calcular la base gravable para efectivizar los beneficios tributarios?
No es necesario ser un gran físico y matemático como Einstein. La ecuación es muy sencilla: debes sumar los ingresos obtenidos por renta de trabajo y a éstos restarle los ingresos no constitutivos de renta. Esto nos da por resultado el total de renta líquida a la cual debes restarle las rentas exentas y deducciones. Ese resultado final será la base gravable.
En Atlas puedes contar con un equipo de asesoramiento contable en Colombia para ayudarte con todo el proceso. Contáctanos para acompañarte a caminar juntos en el complejo laberinto de leyes tributarias.